miércoles, 30 de noviembre de 2011

Sobre el montaje y producción del vídeo "Segundas Marchas Anticrisis"

El/la empleado/a de turno asistió a la convocatoria convocada por la Coordinadora de Barrios y Pueblos de Madrid para realizar un reportaje que de alguna forma explicara el surgimiento de protestas y manifestaciones de los trabajadores. Durante la grabación se intentó no enfocar a ninguna cara visible de las personas asistentes por motivos de seguridad. Se realizaron varias grabaciones de los momentos álgidos de la movilización (cuando varias columnas se juntaron en la plaza de Neptuno).

Una vez recogido el material, mediante el programa Windows Live Movie Maker se realizó el montaje del vídeo teniendo en cuenta una coherencia cronológica entre las secuencias y eligiendo aquellos momentos que mejor representaban la realidad (tanto frases como secuencias). Algunas imágenes adolecían de fallos de sonido tales como distorsiones o voces incomprensibles lo cual provocó la eliminación de parte del audio, sustituido por una canción producida y grabada por el/la empleado/a relacionada con el tema de la huelga, uno de los objetivos de esta movilización.

Se introdujo un título de representación de la protesta y una imagen y frase final que resumen los acontecimientos muy significativo.

Aurora, María, Paula y Joanna

martes, 29 de noviembre de 2011

Visión de la libertad sindical

La visión teórica

Los sujetos a los que se dirige, hace que se divida en dos perspectivas: individual (el trabajador con el sindicato) y colectiva (el sindicato como sujeto).
  • Individual: Garantía de que cualquier trabajador forme un sindicato (1), posibilidad del trabajador individual de afiliarse al sindicato que elija (2), aceptación del programa y estructura del sindicato escogido y obligación de contribuir económicamente (3), posibilidad de participación en las actividades y en los procesos de decisión del sindicato (4), no puede ser obligado a afiliarse (5), puede apartarse del sindicato elegido, abandonarlo y desafiliarse (6).
  • Colectiva: Las libertades sindicales de las organizaciones sindicales como sujetos, comunes a todos, son:
-En cuanto a su organización interna: la fundación "sin autorización previa" y el derecho de extinción por procedimiento democráticos (1), la redacción de sus estatutos y reglamentos (2), organización de su administración interna (3), formulación de su programa de acción (4), ser suspendidas y disueltas sólo mediante resolución fundada en una autorización judicial (5).

-En lo referente a la actividad sindical: derecho de negociación colectiva (1), derecho de huelga (2), derecho para el planteamiento de conflictos individuales y colectivas (3), derecho de presentación de candidaturas para la elección de comités de empresa, delegados de personal y los órganos de la administración pública (4).

Los sindicatos con mayor representatividad se extienden en lo referente a las libertades de actuación en los siguientes puntos: tener representación institucional (1), negociar convenios colectivos de eficacia normativa y general (2), ser interlocutores en la determinación de condiciones de trabajo en las administraciones, por medio de negociación o consulta (3), participar en los sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos (4), promover y presentarse a las elecciones para delegados de personal y comités de empresa y organismos de la administración pública (5), obtener el uso de inmuebles patrimoniales públicos (6) y cualquier otra función representativa en el caso concreto (7).

La fórmula que se utiliza en España para saber la representatividad de una organización sindical es la "audiencia electoral" de las mismas en las elecciones a comités de empresa y delegados de personal, pero este criterio no es del todo real porque hay sindicatos que no se presenta a las elecciones sindicales, por lo que no tiene ninguna representatividad "legal". Hay 3 tipos de representatividad según esta fórmula:
  • Mayor representatividad a nivel estatal. Esta cifrada en un 10%.
  • Mayor representatividad a nivel de Comunidad Autónoma, que sólo hacen referencia a los sindicatos que limitan su campo de actuación al territorio de la Comunidad Autónoma. Está cifrada en un 15%.
  • Representatividad "simple" obtenida en el ámbito funcional y territorial específico, es decir, en determinados sectores, empresas o áreas geográficas. Al menos un 10% de los miembros elegidos en los órganos de representación del personal de la empresa o ante la administración pública.
Los titulares de la libertad sindical son:


Trabajadores por cuenta ajena: empleadores y no empleadores

Funcionarios públicos y contratados administrativos.

Personal estatutario.

Desempleados o pensionistas en compañía de trabajadores en activo.

NO

Desempleados o pensionistas para la tutela de sus intereses personales.

Miembros de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.

Policía (pueden tener sindicatos propios).

Jueces, Magistrados y Fiscales en activo.


La visión práctica  
La explicación es que no existe una relación directa entre pluralismo y el declive sindical, sino que existen ciertas trabas a la representatividad real de los sindicatos. Las organizaciones sindicales transmiten a los empresarios y políticos las demandas de los trabajadores, así que al institucionalizarlos e introducir sistemas de representación sindical, lo que se está haciendo es crear intermediarios que no transmiten de forma completa los mensajes de la sociedad, igual que si se tratase de una nueva vía de que el pueblo ejerza el control económico, político y social en el Estado. No sólo se parecen a unas elecciones generales, sino que comparten su denominación, con el adjetivo de “sindicales”. La representatividad, como la ley electoral que se aplica a las elecciones generales o autonómicas, beneficia a las mayorías porque utiliza un sistema proporcional, además de no prestar los beneficios de la representatividad sindical a algunas autonomías por no alcanzar los mínimos de representación sindical o alcanzarlos y desarrollar su función en un ámbito territorial más amplio.

J.M.W.

lunes, 28 de noviembre de 2011

No hay trabajo y ya no vale con un "¡Jo!"

El día 27 de noviembre, los/as trabajadores/as de Madrid y alrededores salieron a la calle para protestar contra los recortes en servicios públicos y en derechos que están sufriendo a causa de la crisis. La protesta se realizaba por la Coordinadora de Barrios y Pueblos en Lucha con el nombre de "Segunda Marcha Anticrisis hacia las Cortes" y uno de sus objetivos principales fue llamar a una futura Huelga General. 

La movilización no fue tan multitudinaria como las "Marchas Anticrisis" que tuvieron lugar el 19 de junio, pero la confianza en las redes creadas por los/as ciudadanos/as siguen operando y a pesar de la represión sufrida en los últimos meses por movimiento como el 15M, las redes se están afianzando.



Más información sobre la protesta en:
- Coordinadora de Barrios y Pueblos en Lucha http://marchasanticrisis.wordpress.com/ 
- Colectivo FotogrAcción http://fotograccion.org/wp/2011/11/fotos-marchas-contra-la-crisis/

Aurora, Maria, Paula y Joanna

domingo, 27 de noviembre de 2011

Los parados de larga duración no tendrán tarjeta sanitaria

Ya no sólo importa no tener empleo o no poder acceder a él por la falta de oferta. Las opciones que deja la ley General de Sanidad para recortar prestaciones a los parados de larga duración, son aprovechadas por algunas Comunidades Autónomas para ahorrar en gasto público.

María José Sánchez, desempleada de 40 años, recibió la pasada semana una noticia que le dejó helada. "En diciembre bloquearemos las tarjetas sanitarias de su familia", le dijeron en un ambulatorio de Alcantarilla (Murcia). Sánchez, sometida a un tratamiento dermatológico, su marido, parado de 41 años, y su hija, de 14, son tres de los afectados por la decisión del Servicio Murciano de Salud (SMS) de desactivar temporalmente las tarjetas sanitarias a inmigrantes sin recursos y parados de larga duración que han agotado su prestación.
La medida perjudica a 400 ciudadanos, según el PSOE. El Ejecutivo autónomo rebaja la incidencia a "un pequeño grupo" y dice que el bloqueo se soluciona cuando el afectado se da de alta como beneficiario de un familiar en la Tesorería General de la Seguridad Social. Los socialistas sostienen el bloqueo, aunque sea unos días, suspende un derecho y contradice una resolución autonómica de agosto de 2009, que recoge que la renovación de la tarjeta es automática. [El País, 26/11/2011]

Y no sólo ocurre en Murcia. En Galicia, una vecina de A Coruña que lleva más de tres años en paro, ha de pagarse todos los medicamentos desde hace dos meses, incluso tuvo que comprar la vacuna de la gripe en una farmacia. Esta mujer de 61 años, enferma crónica, ha agotado su prestación por desempleo hace más de 12 meses. Si durante los dos o tres meses que tardará el Sergas en tramitarle una tarjeta PSR (para personas sin recursos) tiene que acudir a urgencias, deberá firmar un compromiso de pago.

- ¿De verdad estamos dispuestos a negar una buena salud a nuestros ciudadanos por ahorrar?
- ¿No se dice que la salud es lo primero?
- ¿Realmente estamos en una situación económica tan pésima, que debemos ahorrarnos estos gastos? 

Se supone que en enero estas situaciones no deben repetirse. Es lo que fija la Ley de Salud Pública recién aprobada. Pero hay que desarrollarla, por lo que la solución puede tardar.

Paula Tabueña